¿COMPRASTE VIVIENDA SOBRE PLANO Y PERDISTE TU DINERO? PUEDES RECUPERARLO

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¿COMPRASTE VIVIENDA SOBRE PLANO Y PERDISTE TU DINERO? PUEDES RECUPERARLO

 

Todos conocemos la situación durante los años del boom inmobiliario: se construía desaforadamente, los precios subían constantemente y a pesar de eso las viviendas se vendían sin parar. En cuanto una promotora plantaba el cartel anunciando la construcción de una urbanización, aparecían compradores dispuestos a ser los primeros en dar la señal: así podían elegir piso, pagar las letras mientras se construía,… La idea era buena y, además, con la subida constante de precios, el comprar sobre plano permitía incluso vender la vivienda más adelante, “dar el pase”, y obtener beneficios.

Lo que ocurrió después ya lo sabemos. Vino la crisis y muchas promotoras no pudieron continuar con la construcción. La obra quedó paralizada, la promotora tuvo que cerrar, y los compradores se quedaron sin vivienda y sin poder recuperar el dinero entregado, pues la promotora estaba en concurso de acreedores o incluso había desaparecido sin más.

Las promotoras más serias habían entregado a los compradores un aval por las cantidades entregadas a cuenta, aval que es obligatorio de acuerdo con la Disposición Adicional Primera de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación, en su redacción vigente desde la modificación introducida por le Ley 20/2015, y que anteriormente se regulaba en la Ley 57/68, de 27 de julio, sobre Percibo de Cantidades Anticipadas en la Construcción y Venta de Viviendas. En estos casos, el comprador podía recuperar su dinero reclamando al banco o entidad aseguradora avalista.

Pero en muchos otros casos, el vendedor no cumplía con la obligación legal, y el comprador definitivamente veía perdida su inversión.

La buena noticia para estos compradores es que nuestros juzgados y tribunales están admitiendo las demandas frente a bancos en reclamación de esas cantidades pagadas a las promotoras, cuando no hay aval. La situación que amparan nuestros tribunales se produce, resumidamente, cuando el banco era conocedor de que la promotora percibía cantidades a cuenta de los compradores, y sin embargo no se preocupaba de comprobar si el promotor entregaba el preceptivo aval a los compradores. En estos casos, nuestros tribunales suelen fallar a favor de los compradores y obligan al banco a restituirles su dinero. La más reciente jurisprudencia admite la devolución también a los cooperativistas integrantes de cooperativas de viviendas.

Aunque hayan pasado muchos años, aún se puede reclamar y recuperar lo perdido. En LOPEZ BASSETS ABOGADOS tenemos experiencia en casos de éxito de compradores que han conseguido recuperar su dinero.

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