El primer impacto fue el que se provocó al declarar la nulidad de las cláusulas suelo, lo que ha motivado una avalancha de reclamaciones, tanto extrajudiciales como judiciales, frente a las que los bancos y entidades de crédito han tenido que claudicar.
Mientras se esperan nuevas resoluciones sobre otras cláusulas presumiblemente abusivas, nuestro Tribunal Supremo también se ha pronunciado, en este caso sobre los gastos de constitución de la hipoteca, declarando la nulidad de la cláusula, comúnmente incluida en los contratos de préstamo con garantía hipotecaria, por la cual todos los gastos son a cargo del prestatario.
En concreto, nuestros Tribunales están admitiendo la nulidad de la repercusión de los gastos de Notaría, inscripción en el Registro de la Propiedad y Gestoría. Aún existe cierta discrepancia entre los Tribunales sobre el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, de forma que a día de hoy la mayoría de las resoluciones desestiman la reclamación de la devolución de este impuesto, por considerar que el sujeto pasivo del mismo es el deudor hipotecario. Aunque, como decimos, algunas resoluciones sí concluyen la devolución del importe correspondiente a este impuesto.
El trámite para la reclamación de la devolución de estos gastos consiste en efectuar una reclamación ante la entidad bancaria, la cual en algunos casos responde afirmativamente ante esta petición. En caso de negativa o silencio por parte del banco, se deberá iniciar una reclamación judicial, que en la mayoría de los casos está abocada al éxito, si se tramita de forma adecuada.
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